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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ALQUILER DE AULAS

En Moaña a 15 octubre,2023

REUNIDOS

De una parte, doña Yusileidy Pages Pérez, con DNI, Nº 39457786-K, con domicilio a efectos del presente contrato en Moaña (Pontevedra) Avenida de Marin nº4, C.P.36950.

Y de otra parte, Angel Abel Bartolome Rodríguez con DNI Nº  33962428f, con Mayor 5, Aldeanueva del Codonal – Segovia (40462) España

 INTERVIENEN

Yusileidy Pages Pérez en nombre y representación de la mercantil EL SIETE HUELE QUE ALIMENTA, S.L, con CIF, B-94178563, y domicilio social en Moaña (Pontevedra) Avenida de Marin nº4, C.P.36950, de acuerdo con poder notarial otorgado en fecha 23/07/2020, nº1.032 del protocolo del notario del Ilustre Colegio Notarial de Galicia, don José Manuel Gómez Varela. En adelante la arrendadora.

El Siete Huele que alimenta en su propio nombre y derecho. En adelante el arrendatario.

Ambas partes con capacidad jurídica y de obrar suficiente y que mutuamente se reconocen, libremente y de común acuerdo convienen en otorgar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE USO DISTINTO DE VIVIENDA y en su virtud,

 EXPONEN:

 . Que la mercantil EL SIETE HUELE QUE ALIMENTA, S.L, es titular del siguiente bien inmueble destinado a centro de formación y negocios:

URBANA,  NAVE INDUSTRIAL, denominada “GRANXA DE ABAJO sobre la que se ha construido una nave industrial  señalada con el numero 4ª del lugar de Abelendo, parroquia y municipio de Moaña, compuesta de: planta baja, destinada a carpintería de madera, con una superficie construida de doscientos cincuenta y dos metros treinta decímetros cuadrados (252,30m2); entreplanta, destinada a oficinas, con una superficie de treinta y dos metros setenta decímetros cuadrados (32,70m2); y planta alta destinada a usos comerciales, con una superficie de 141,10m2, formando con el terreno que la rodea, a servicios de la nave, una sola finca.

INSCRIPCIÓN: Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Cangas al tomo 1397, libro 105, folio 91, FINCA DE MOAÑA Nº 9.337.  La hipoteca se inscribió como INSCRIPCIÓN 6ª y la novación como INSCRIPCIÓN 10ª.

 . El siete huele que alimenta interesado en el arrendamiento del citado inmueble, lo llevan a efecto, formalizando el presente contrato que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

 PRIMERA.-         Objeto del contrato.

La entidad EL SIETE HUELE QUE ALIMENTA, S.L arrienda a el siete formación el inmueble descrito en el antecedente primero de este contrato, para ser destinado única y exclusivamente a uso distinto de vivienda, y cuyas circunstancias y connotaciones físicas y jurídicas conoce y acepta el arrendatario en su integridad.

Es objeto concreto de arrendamiento: El espacio de la planta alta, uso del altavoz para música, uso de televisión, utilización de neveras y congelador para guardar alimentos.

No es objeto del arrendamiento el resto del inmueble ni el uso de la cocina, ni el consumo de bebidas, comida, ni uso de tipo de menaje.

SEGUNDA.-        Plazo del contrato de arrendamiento.

El plazo de duración del presente contrato será de 9 horas, lo cual tendrá lugar el día 28 octubre, 2023, desde las 12:00 horas hasta las 21:00 horas del día 28 octubre, 2023

 TERCERA.-          Obras.

El arrendatario no podrá efectuar obras en el inmueble.

 CUARTA.-            COVID-19.

El arrendatario se compromete al cumplimiento de la normativa de seguridad e higiene referentes al COVID-19 y cualquier otra norma en vigor, tanto de sí mismo como de las personas que accedan al inmueble arrendado.

A tal efecto la propiedad entrega al arrendatario un documento de declaración jurada y responsable de no padecimiento del COVID-19 para que sea suscrito por todas aquellas personas que asistan al local arrendado.

NORMAS.-

Queda prohibido el uso del aula para otros fines que no sean formativos, así como pegar cartelería en las paredes del espacio y el consumo de alimentos no contratados con la empresa organizadora, El Siete Huele que Alimenta S.L

La arrendadora

Yusileidy Pages Pérez

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El arrendatario

Angel Abel Bartolome Rodríguez